¿Cuánto debe percibir un patrocinador en EE.UU. para apoyar a un venezolano?

En la página de Uscis está publicada la tabla con las Guías de Pobreza donde indican los montos requeridos.
En la página de Uscis está publicada la tabla con las Guías de Pobreza donde indican los montos requeridos.
Escrito Por:
Keila P. Vílchez B. / Foto: AFP

 

Para calificar a ser el patrocinador de un migrante venezolano que desee aplicar al nuevo permiso de permanencia temporal (parole) humanitario debes cumplir con una serie de exigencias económicas impuestas por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (Uscis).

En la misma página de Uscis está publicada la tabla con las Guías de Pobreza del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) que sirve para indicar los montos mínimos requeridos según el número de personas que vas a patrocinar.

 

A continuación te presentamos la tabla de ingresos requeridos:

 

Miembros del hogar del patrocinador

100% de las guías de Pobreza de HHS*

125% de las guías de Pobreza de HHS*

 

Para patrocinadores en las Fuerzas Armadas de EE. UU. en servicio activo y que están solicitando a su cónyuge o hijo

Para todos los demás patrocinadores

2

$18,310

$22,887

3

$23,030

$28,787

4

$27,750

$34,687

5

$32,470

$40,587

6

$37,190

$46,487

7

$41,910

$52,387

8

$46,630

$58,287

 

Añada $4,720 por cada persona adicional

Añada $5,900 por cada persona adicional

* Guías de Pobreza del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS)

 

Tú como patrocinador debes contar con todos los soportes y certificaciones bancarias que permitan demostrar dichos ingresos ante el Gobierno de los Estados Unidos.

Estas son las condiciones que establece el Uscis para que puedas representar o apoyar a un venezolano:

  • Ser ciudadano estadounidense, nacional o residente permanente legal de Estados Unidos; tener un estatus legal en Estados Unidos, como por ejemplo, Estatus de Protección Temporal o asilo; o habérsele otorgado permiso de permanencia temporal o ser receptor de acción diferida o de Salida Forzosa Diferida.
  • Aprobar la investigación de seguridad y antecedentes, incluso para seguridad pública, seguridad nacional, trata de personas y preocupaciones de explotación.
  • Demostrar que tiene recursos financieros suficientes para recibir, mantener y apoyar a la persona a quien se compromete apoyar durante la duración de su periodo de permiso de permanencia temporal.