Colombiano: conoce los 4 tipos de retornos que existen

Existen el retorno productivo, laboral, humanitario y solidario.
Existe cuatro tipos de retornos que debes conocer.

En Colombia, tras aprobarse la Ley Retorno (Ley 1565 de 2012), existen cuatro tipos de retornos sobre los cuales tú como colombiano retornado puedes ampararte.

Los cuatro tipos de retornos que existen son los siguientes:

Retorno productivo

  • Este retorno te permite acceder a asesorías y desarrollos de emprendimientos de proyectos productivos.
  • Además, puedes recibir orientación sobre las posibles fuentes de financiación de tu emprendimiento.
  • Si eres colombiano retornado y te interesa esta opción puede obtener mayor información a través de las Unidades de Emprendimiento del Sena. Allí puedes recibir orientación y conocer las convocatorias hechas por el Fondo Emprender. Para más información puedes ingresar a la página web del Fondo Emprender: www.fondoemprender.com
    El retorno productivo de los colombianos

Retorno laboral

  • Este retorno lo hace el colombiano que regresa con el fin de emplear sus capacidades, saberes y oficios en el ámbito laboral. Estas capacidades generalmente fueron adquiridas en el exterior.
  • Puedes recibir orientación ocupacional y capacitaciones, pero sin garantizar la colocación laboral.
  • Puedes registrarte en el mercado laboral a través del Servicio Público de Empleo de forma presencial o telefónica, en los centros de atención autorizados. Consulta los centros en la siguiente dirección www.serviciodeempleo.gov.co
  • En estos espacios te orientarán sobre tus capacidades, habilidades y necesidades que te facilitarán tu vinculación laboral.

 

Retorno humanitario o por causas especiales

  • Este tipo de retorno lo hace el colombiano por causas y por alguna situación que ponga en riesgo su vida, su salud y la de sus familiares. Así como alguna condición de abandono o muerte de familiares radicados con él en el extranjero.
  • Si demuestras que careces de recursos y de contactos, en el puesto de control migratorio harán la recepción de caso y te brindarán el acompañamiento que necesites.
  • Si eres deportado y la situación ha sido reportada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio de las oficinas consulares, y ha sido demostrada tu condición de vulnerabilidad en el puesto migratorio hacen la recepción de tu caso y te brindan el acompañamiento que necesitas.
  • En el marco del retorno humanitario el Ministerio de Relaciones Exteriores implementa con la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana el Sistema de Atención Humanitaria al Retorno para prestar la atención de emergencia al retornado en su proceso de recuperación temprana.

El retorno humanitario es uno de los tipos de retorno establecidos en la ley

Retorno solidario

  • Este es el retorno que hace el colombiano víctima del conflicto armado interno y las personas en condición de extrema pobreza.
  • Cuando es una víctima del conflicto armado debe darse el acompañamiento según establece la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas).
  • Si eres víctima del conflicto y regresas del exterior debes hacer tu respectiva declaración para ser incluido en el Registro Único de Víctimas para que la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas conozca tu situación y pueda orientarte.
  • En los casos de condición de extrema pobreza puedes tener acompañamiento a través de los programas coordinados por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, previo cumplimiento de los requisitos y criterios para cada programa.
  • Para acceder a estos programas debes estar afiliado al Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén).