Estos son los pasos sacar tu PEP vigente

La vigencia del permiso se extendió hasta el 2023 para que los titulares tramiten el Estatuto.
constancia del PEP
Escrito Por:
José Luengo


Si tienes inconvenientes al hacer tus trámites porque tu Permiso Especial de Permanencia (PEP) se venció, debes ingresar a la página de Migración Colombia para generar el documento con la extensión de su vigencia.

La autoridad migratoria amplió el tiempo de validez de dicho documento hasta el 2023, de conformidad con el artículo 19 del Decreto 216 de 2021,  para que todos sus titulares se cambien al nuevo permiso del Estatuto.

El proceso de renovación es virtual y gratuito.


Aquí te explicamos qué debes hacer:

  • Debes entrar a la página de Migración Colombia.  Haz clic en la sección Venezuela.
     
  • Marca el recuadro PEP
     
  • Luego ingresa donde dice Solicitud Duplicado PEP  
     
  • Te aparecerá una página en la que deberás colocar tu tipo de documento, número de documento y fecha de nacimiento.   
     
  • Posteriormente la pantalla te mostrará otro recuadro en el que aparecen tus datos personales, y puedes incluso actualizar tu correo electrónico, número de teléfono y dirección de domicilio.
     
  • Después de eso, debes marcar el botón Actualizar y Generar Certificado.
     
  • Enseguida, se descargará tu constancia del PEP en formato PDF, imprímelo, recórtalo y plastifícalo. También lo recibirás en el correo electrónico que registraste para este trámite.
     
  • Verifica que tenga la vigencia máxima, hasta el 2023.  



Recuerda que


El Permiso Especial de Permanencia permite ejercer cualquier actividad u ocupación legal en el país.

Es de carácter personal e intransferible.

El PEP deberá ser presentado ante las autoridades colombianas en compañía del Pasaporte o del Documento Nacional de Identidad.
 

Los motivos de su cancelación son


Cualquier tipo de alteración de este documento generará su invalidez.

Uso inadecuado del PEP.

Infracción a la normatividad migratoria.

Verificaciones posteriores al registro inicial, que den cuenta de infracciones al ordenamiento jurídico.

Salir y permanecer fuera del país por un término superior a 90 días calendario.

Cuando se considere inconveniente la presencia del extranjero en el territorio nacional.