¿Qué es el salvoconducto y cuándo puedo utilizarlo?

Este documento es de carácter temporal y lo expide Migración Colombia.
Salvoconducto
Escrito Por:
Estoy en la frontera

 

El salvoconducto es un documento de carácter temporal, que, bajo determinadas circunstancias previamente definidas en la norma migratoria, lo expide Migración Colombia al extranjero que así lo requiera.

Este documento podrá ser de dos clases: para salida del país (SC-1) o para permanencia (SC-2).

La autoridad migratoria podrá expedir el Salvoconducto SC-2, al extranjero que estando dentro del territorio nacional, adelanta trámites para la obtención de una visa. En este caso, el término de duración del Salvoconducto será de hasta por treinta (30) días calendario, prorrogable en casos especiales, hasta por treinta (30) días calendario más. Este proceso tardea un día.

Cabe resaltar que el salvoconducto que es otorgado a los venezolanos o extranjeros que se encuentren en Colombia cumpliendo el proceso de solicitud de la condición de refugiado tiene una permanencia de 180 días.  La ampliación de la vigencia por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores fue establecida mediante decreto número 1016 del 14 de julio de 2020.

Anteriormente el salvoconducto tenía una vigencia de 90 días (3 meses).

 

Requisitos

salvoconducto

  • Pasaporte o Documento de Identificación escaneado.
  • Soportes que validen su necesidad de permanecer en Colombia o tiquete de salida del país, escaneado.
  • Acercarse al Centro Facilitador de Servicios Migratorios más cercano, con los documentos originales, para finalizar el trámite. https://www.gov.co/ficha-tramites-y-servicios/T1011
  • Comprobante de pago.

COSTO:  62.000 Pesos

¿Cómo solicitar una prórroga al salvoconducto?

El extranjero interesado en prorrogar su salvoconducto, deberá presentar solicitud formal ante el Centro Facilitador Servicios Migratorios de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia más cercano a su lugar de residencia siguiendo los procedimientos que esa entidad ha dispuesto para la recepción de solicitudes.

Requisitos para solicitar prórroga de salvoconducto:

1. Copia del salvoconducto a prorrogar.

2. Copia de la página principal del pasaporte del solicitante.

3. Fotocopia de la última visa.

4. Carta de solicitud legible en donde el extranjero explique la razón por la cual solicita la prórroga.

 

Recuerde:

La solicitud debe radicarse con 5 días de anterioridad a la fecha de vencimiento del salvoconducto a prorrogar.