El maltrato o violencia es toda conducta y acción que cause, o amenace con causar, muerte, daño o sufrimiento, ya sea físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial, incluyendo conductas como la privación arbitraria de la libertad, la retención de documentos personales de miembros de la familia o la imposición de conductas.
En Cúcuta son recurrentes los escenarios de violencia en el hogar y a diario escuchamos sobre al menos un caso que podría haber cesado de manera definitiva antes de concluir en una tragedia.
Según el reciente informe del Instituto Nacional de Medicina, la violencia intrafamiliar en Colombia aumentó en general durante el último año (cierre en diciembre 2019) con un incremento de 136 mil 703 casos denunciados y registrados.
La falta de denuncia responde, en muchas ocasiones, a factores como el desconocimiento que tienen las víctimas del maltrato sobre las instancias a las que pueden acudir para solicitar ayuda.
A partir de la Ley 1257 del 2008, se abrió paso a la implementación de diversos mecanismos para dar a conocer a las autoridades judiciales los hechos constitutivos de violencia para que, con una oportuna intervención, cese dicha situación.
¿Quiénes pueden ser víctimas de maltrato en el hogar?
Por lo general se tiene la imagen de que las víctimas suelen ser las mujeres o los niños, algo que corresponde con el objetivo principal de la Ley 1257 del 2008, pero la realidad es que los hombres también pueden ser víctimas de estas circunstancias.
Para poder detectar las conductas que constituyen violencia, hay que estar alertas a:
● Daño psicológico: degradación, humillación, aislamiento o el control sobre decisiones de otras personas, por medio de la manipulación, intimidación o amenazas.
● Daño físico: disminución o riesgo de disminución a la integridad corporal de la persona.
● Daño sexual: es todo lo que resulte de obligar a una persona a mantener una relación (sexual, física o verbal), con el agresor o con un tercero, mediante el uso de la fuerza, intimidación, chantaje, soborno, manipulación o cualquier situación de límite su voluntad personal.
● Daño económico: cualquier mecanismo que use una persona para ejercer completo control sobre los recursos económicos de otra, haciendo que la víctima dependa financieramente de él.
● Daño patrimonial: pérdida, transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores, derechos o económicos destinados a satisfacer las necesidades de la víctima.
¿Quiénes pueden denunciar?
A partir de la Ley 1257 del 2008 se determinó que todo aquel que conozca sobre alguna de estas situaciones está en la obligación de denunciarlo para darle el seguimiento correspondiente. No tiene que ser la víctima o un familiar, pueden ser los vecinos, amigos, etc.
¿Dónde se puede denunciar?
La víctima debe visitar la Comisaria de Familia de su localidad, donde debe describir su situación para que un profesional la asesore y, de ser necesario, aplique medidas inmediatas para proteger a la víctima.
También puede ir a la Fiscalía, al Centro de Atención Penal Integral o a un Juzgado Civil Municipal.
En caso de que no pueda trasladarse. Debe contactar la línea gratuita 155 para atención inmediata
Aplicación para denunciar
Ellas es una aplicación creada como guía para que las víctimas de violencia intrafamiliar, sexual o económica puedan acceder de manera fácil y segura a los diversos mecanismos de denuncia y las autoridades pertinentes.
La aplicación se encuentra como Ellas App y se descarga de manera gratuita a través de las plataformas App Store o Google Play.