Respuestas a inquietudes frecuentes del Estatuto

El solicitante no debe salir del país hasta recibir el documento físico del PPT
Paso-frontera
Escrito Por:
José Luengo


Migración Colombia aclaró ciertas dudas sobre el proceso de implementación del Permiso por Protección Temporal (PPT). Estas ha sido las más frecuentes:
 

  1. ¿Puedo salir de Colombia sin que me hayan entregado el PPT?
    No, mientras no se te haya otorgado el PPT en físico no puedes salir del país.

     
  2. ¿Cuándo reciba el PPT puedo comenzar a trabajar?
    Sí, apenas tengas el permiso tienes pleno derecho para desarrollar cualquier actividad legal en Colombia.

     
  3. ¿El documento físico del PPT lo entregan tres meses después de la cita biométrica?
    Los tiempos establecidos por Ley son de tres meses, Migración trabaja para que la entrega sea 30 o 40 días después de la cita biométrica. Mientras tanto, recibirás un correo en el que le informarán que ya le fue aprobado el Estatuto.  

     
  4. ¿La cita biométrica es por orden de llegada o por hora de cita asignada?
    La cita es a la hora que le asignó Migración Colombia. Puedes presentarte 30 minutos antes.  

     
  5. ¿Si mi cita asignada es el sábado, debo asistir ese día?
    Si, los centros están habilitados para atender los sábados.

     
  6. ¿Si no me he podido registrar en el Estatuto, cómo puedo obtener una cita?

Debes dirigirte a un punto visible de atención de Migración para que te asesoren.
Estos son los puntos a donde puedes acudir en Norte de Santander, https://estoyenlafrontera.com/regularizacion-migratoria/conoce-los-puntos-visibles-del-rumv-y-registro-biometrico  Si estás en otro departamento, aquí puedes consultar los puntos disponibles en este otro enlace https://migracioncolombia.gov.co/puntosvisibles
 

  1. ¿Cuándo empiezan a enviar los primeros correos electrónicos informando sobre la aprobación o rechazo del Estatuto?

Después de la cita biométrica, Migración Colombia se comprometió en enviar los primeros correos en el mes de octubre. Este procedimiento no es automático ya que las autoridades hacen la verificación de los documentos y pruebas aportadas.
 

  1. ¿El número de identificación del Estatuto será el mismo del PEP?
    El número estará asociado a cada una de las personas como extranjeros. Migración ha trabajado con las diferentes autoridades para no generar confusiones o alteraciones en estos casos.

     
  2. ¿Podré utilizar el documento del Estatuto para viajar al extranjero?
    El documento es válido solo en Colombia.

     
  3.  ¿Puedo cambiar de ciudad para hacer la cita biométrica?
    Lo recomendable es que asistas al lugar donde se te asignó la cita, pero si no puedes hacerlo debes cancelarla y solicitarla para otra fecha, y eso te atrasaría en la obtención del Estatuto.