“Primero la niñez” continuará vigente por dos años más

La medida que se extendió después del 21 de agosto, ha reconocido la nacionalidad colombiana a más de 100.387 menores hijos de ciudadanos venezolanos
"Primero la niñez" es un programa de la Cancillería colombiana y la Registraduría Nacional
Escrito Por:
Lila Velásquez

 

La medida administrativa de carácter temporal y excepcional denominada "Primero la niñez" consiste en dar la nacionalidad colombiana a los niños y niñas, hijos de padres y madres venezolanos, nacidos en Colombia a partir del 19 de agosto de 2015.

Fue adoptada mediante la Resolución 8470 de 2019, prorrogada con Resolución 8617 de 2021. Esta última dispuso la vigencia de la medida hasta el 21 de agosto de 2023 y recientemente, la Cancillería colombiana dio a conocer que la medida continuará vigente por dos años más.

“El Ministerio de Relaciones Exteriores y la Registraduría Nacional del Estado Civil continuarán monitoreando los resultados de la medida ‘Primero la niñez’, a fin de evaluar la procedencia de su vigencia”, señaló la Cancillería.


Extensión de la medida

Este programa busca evitar que los menores hijos de migrantes venezolanos se queden sin nacionalidad, en una condición que internacionalmente se conoce como apatridia y que les impide a las personas que se encuentran en ella ejercer sus derechos más básicos.

A través de esta medida, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Registraduría Nacional del Estado Civil, han garantizado el reconocimiento de la nacionalidad colombiana a más de 100.387 niños y niñas nacidos en territorio colombiano hijos de ciudadanos venezolanos.


Nacionalidad

De acuerdo con la Constitución, los hijos de extranjeros nacidos en Colombia son considerados nacionales colombianos, siempre y cuando al menos uno de sus padres esté domiciliado en el país en el momento del nacimiento. En el caso de los migrantes venezolanos, lo que permite el programa ‘Primero la niñez’ es que se otorgue la nacionalidad aunque ninguno de los padres pueda demostrar que está domiciliado en Colombia.

La disposición establece que, de oficio, los registradores pueden incluir la anotación “válido para demostrar nacionalidad” en el registro civil de nacimiento de los niños que se encuentren en esas circunstancias.

La aplicación de esta medida ha contado con el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).