Conoce los 5 tipos de retornos que existen

La Ley 1565 de 2012 establece estas categorías, según las condiciones en las que regresó.
La Ley 1565 de 2012 establece estas categorías, según las condiciones en las que regresó.
Escrito Por:
Redacción Estoy en la frontera

 

En la Ley Retorno (1565 de 2012) se establece que existen 5 tipos de retornos para los colombianos retornados al país. En cada una se hacen las especificaciones y herramientas que cobijan a cada persona, según cómo hizo el regreso a Colombia.

Acá te mostramos cuáles son estos tipos de retorno, para que puedas reconocer en cuál calificas: 

 

Retorno Productivo

Este tipo de retorno, permite el desarrollo y asesoría de emprendimientos en proyectos productivos, así como la orientación sobre las posibles fuentes de financiación a las cuales pueden aplicar de acuerdo a su perfil.

Para lo anterior puede acceder a la orientación y a las convocatorias vigentes del Fondo Emprender mediante las unidades de emprendimiento del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).

Un ajuste en el reglamento del Fondo Emprender del SENA, gestionado por la Comisión Intersectorial para el Retorno que lidera el programa Colombia Nos Une del Ministerio de Relaciones Exteriores, permite a los colombianos que regresan del exterior y estén certificados como beneficiarios de la Ley 1565 de 2012 en retorno productivo, acceder a recursos para emprendimientos una vez hayan completado por lo menos 90 horas de formación en el SENA en cursos afines al área de su proyecto.

Retorno Laboral

Este tipo de retorno permite el acceso a orientación ocupacional y capacitación para mejorar sus competencias laborales. Para esto el Ministerio de Trabajo creo el servicio de Empleo, el cual funciona a través del portal http://redempleo.gov.co/ , un sistema que recopila y comparte la información de los buscadores de empleo, así como las vacantes.

Dentro de los servicios básicos que reciben los migrantes que retorna está el análisis de perfiles, aptitudes, conocimientos, cualificación profesional, y orientación e información laboral.

Retorno Humanitario o por Causas Especiales

Este retorno aplica si el colombiano retorna por alguna situación de fuerza mayor o causas especiales (que pongan en riesgo su integridad física, social, económica o personal y/o la de sus familiares, así como el abandono o muerte de familiares en el exterior).

En caso que padezcan alguna afección de salud o patología que requieran una atención médica inmediata, se realiza la articulación con la respectiva secretaria de Salud para atender al paciente.

Retorno Solidario

Este tipo de retorno lo hacen los colombianos víctimas del conflicto armado y las personas en condiciones de pobreza extrema.

En el caso de ser víctima del conflicto interno armado el acompañamiento se articula con la unidad de víctimas de acuerdo con lo establecido en la ley 1448 de 2012.

Retorno Académico

Es el que hace el colombiano de forma voluntaria, luego de obtener un título de educación superior en el exterior, con el propósito de continuar sus estudios y emplear sus conocimientos en Colombia.

 

Fuente: Cancillería de la República/ Programa Colombia Nos Une