Según explica la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), son sujetos de protección internacional aquellas personas que se encuentran fuera de su país y no pueden regresar a él porque estarían en peligro, y su país no puede o no quiere protegerlos.
“Los riesgos que dan origen a una necesidad de protección internacional incluyen clásicamente los de persecución, amenazas a la vida, libertad o integridad física derivadas de conflictos armados, graves desórdenes públicos o diferentes situaciones de violencia. Otros riesgos pueden surgir de hambruna vinculada con situaciones de conflicto armado; desastres naturales o antropogénicos; así como la apatridia” (Declaración de Cartagena)
Apátrida: son las personas que por distintas razones no son reconocidas por Estado alguno como sus ciudadanos, de acuerdo con su propia legislación. Es decir, carecen de nacionalidad. Esto les genera una situación de irregularidad en los países en los que se encuentran.
Migrantes: según la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) es toda persona que se traslada fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de manera temporal o permanente, y por diversas razones.
Refugiado: el refugiado es un migrante obligado, que no tiene otra opción porque su país no le brinda las mínimas condiciones de dignidad. Son personas que no pueden regresar a su país de forma segura.