Esta es la sede para tramitar el pasaporte en Norte de Santander

Las personas que deseen iniciar el trámite deben pedir la cita a través de la página de la Gobernación.
Las personas que deseen iniciar el trámite deben pedir una cita a través de la página de la Gobernación.
Escrito Por:
Redacción Estoy en la Frontera

 

Si ya hiciste la cita para tramitar tu pasaporte en Norte de Santander a través del enlace dispuesto para ello (http://200.116.210.213/cita_pasaporte/elementos/login) y ya tienes recibiste al correo la fecha para hacer el trámite presencial te contamos acá cual es la nueva dirección a donde debes acudir.

La sede para tramitar el pasaporte en Norte de Santander se encuentra ahora ubicada en el Centro Comercial Rosetal, este se encuentra ubicado en la esquina de la avenida Cero con calle 10.

 

Acá te contamos los requisitos que debes presentar al momento de solicitar tu cita.

 

Requisitos para menores nacidos fuera del país

  • Edad entre los 7 y 17 años debe presentar Tarjeta de identidad o contraseña, válida en buen estado y con la información clara y correcta, la cual debe tener foto y huella.
  • Fotocopia legible y en buen estado partida de nacimiento del país de origen.
  • Documento de identidad (cédula de ciudadanía) padre o madre, con el cual figura en el Registro civil quien será su representante y reclamará el pasaporte del menor.
  • Documento de identidad con el cual el padre o la madre que le da la nacionalidad colombiana, se presenta en la partida de nacimiento de su país de origen.
  • Fotocopia del pasaporte del país de origen o cédula de identidad.
  • Fotocopia legible de la cédula colombiana del padre o madre que lo nacionalizó. Cuando el padre del titular también es nacionalizado se debe presentar copia legible del Registro Civil de Nacimiento Colombiano y Cédula de Ciudadanía donde su padre, abuelo o antecesor, para acreditar la trazabilidad de la nacionalidad colombiana.

 

Requisitos para mayores nacidos fuera del país

  • Presentar la cédula de ciudadanía original, vigente en formato válido o contraseña por primera vez expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, que debe tener fotografía y huella. De no cotejar las huellas al momento de realizar la solicitud del pasaporte, no se podrá continuar el trámite, y deberá esperar que le llegue la cédula de ciudadanía. O contraseña  expedida por solicitud de duplicado o renovación de la cédula emitida por la Registraduría, que deberá estar en buen estado con la información clara y correcta, la cual debe tener foto y huella, de no cotejar las huellas al momento de realizar la solicitud del pasaporte, no se podrá continuar el trámite, y deberá esperar que le llegue la cédula de ciudadanía.
  • Fotocopia legible y en buen estado partida de nacimiento del país de origen.

  • Documento de identidad con el cual el padre o la madre que le da la nacionalidad colombiana, se presenta en la partida de nacimiento de su país de origen.
  • Fotocopia del pasaporte del país de origen o cédula de identidad.
  • Fotocopia legible de la cédula colombiana del padre o madre que lo nacionalizó. Cuando el padre del titular también es nacionalizado se debe presentar copia legible del Registro Civil de Nacimiento Colombiano y Cédula de Ciudadanía donde su padre, abuelo o antecesor, para acreditar la trazabilidad de la nacionalidad colombiana.

 

Requisitos para menores nacidos en Colombia


  • Edad entre los 7 y 17 años debe presentar Tarjeta de identidad o contraseña, válida en buen estado y con la información clara y correcta, la cual debe tener foto y huella.
  • Documento de identidad del padre o madre, quien será su representante y reclamará el pasaporte del menor.
  • Si tuvo pasaporte y dicho pasaporte se perdió debe informarlo al funcionario al instante que vayas a realizar el trámite.
  • Si el menor es hijo de padres extranjeros, debe presentar copia auténtica del Registro Civil de nacimiento expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil del menor, y que se acredite por uno de los padres el requisito Constitucional del domicilio al momento del nacimiento del menor en territorio nacional, o si es hijo de padres venezolanos con posterioridad al 19 de agosto de 2015, debe presentar copia auténtica de su Registro Civil de Nacimiento con la anotación “Válido para demostrar nacionalidad – Resolución 8470 del 05 de agosto de 2019” con firma de la autoridad competente (Registrador o notario) y fecha.

 

Requisitos para mayores nacidos en Colombia

  • Presentar la cédula de ciudadanía original, vigente en formato válido o contraseña por primera vez expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, que debe tener fotografía y huella. De no cotejar las huellas al momento de realizar la solicitud del pasaporte, no se podrá continuar el trámite, y deberá esperar que le llegue la cédula de ciudadanía. O contraseña  expedida por solicitud de duplicado o renovación de la cédula emitida por la Registraduría, que deberá estar en buen estado con la información clara y correcta, la cual debe tener foto y huella, de no cotejar las huellas al momento de realizar la solicitud del pasaporte, no se podrá continuar el trámite, y deberá esperar que le llegue la cédula de ciudadanía.
  • Si al cumplir los 18 años de edad Ley 27 de 1877 no expidió su cédula oportunamente, sino que la expidió a los 19 años o 20 años de edad, debe verificar si aparece el Registro Civil de Nacimiento grabado en la página de la Registraduría Nacional, de lo contrario debe grabarlo en las oficinas de la Registraduría.
  • Si al cumplir la mayoría de edad (21 años) antes de la Ley 27 de 1877, no expidió su cédula oportunamente, sino que la expidió a los 22 o 23 años, debe verificar si aparece el Registro Civil de Nacimiento grabado en la página de la Registraduría Nacional, de lo contrario debe grabarlo en las oficinas de la Registraduría.
  • Si expidió su cédula de ciudadanía luego de los 24 años o más de los 24 años de edad debe presentar copia del Registro Civil de Nacimiento, el cual debe estar grabado en la página de la Registraduría Nacional, si el motivo por el cual tramita su cédula extemporáneamente es porque residía en otro país, debe presentar copia de la cédula y pasaporte donde demuestre su estadía en dicho país durante este tiempo. En caso de que no cuente con ningún documento de identificación extranjero o nacional que demuestre su situación legal hasta la expedición de su cédula, debe anexar copia de la cédula y registro civil de los padres que aparecen en el Registro Civil de Nacimiento colombiano.

 

 

Datos importantes que debes tener en consideración en el caso de los menores de edad:

* Los menores de edad que requieran de una tercera persona, que no sea padre o madre, para hacer el trámite este deben presentar un poder autenticado por ambos padres, donde se solicite que esta tercera persona trámite y retire dicho documento. El poder debe llevar fotocopia de la cédula de ciudadanía de los intervinientes (padres y apoderado).

* Cuando el trámite lo hace el padre extranjero del menor, este debe presentar el documento de identidad con el cual registró al menor.

* En el caso de los menores de edad si están próximos a cumplir los 7 o 18 años, deben esperar hasta cumplir estas edades, por cuanto a los 7 y 18 años deben cambiar el pasaporte, a no ser que requiera viajar con urgencia antes de cumplir esas edades.

 

Dato importante para los mayores de edad

* No se podrá hacer el trámite del pasaporte con contraseña por rectificación. Debe esperar que le llegue la cédula de ciudadanía.

* Si presenta el certificado de votación de las últimas elecciones podrás solicitar el descuento.