La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) publicó la resolución 008489, de fecha 28 de octubre de 2019, en la cual se establece el listado de bienes y productos de la canasta familiar que podrás cruzar a través de los pasos fronterizos hacia Venezuela.
La lista está dividida por sectores: alimentos preparados y sin preparar, vivienda, aseo del hogar, confecciones y calzado, salud, educación, transporte, higiene personal y productos diversos. Dentro de estas categorías se especifica el tipo de producto que pueden comprar los venezolanos en Colombia y llevarse hasta el vecino país.
La resolución también indica que el cupo de salida semanal que podrá cruzar una persona en estos rubros será lo equivalente a 50 unidades de valor tributario (UVT). Es decir, que si cada UVT está en 34.270 pesos, semanalmente un venezolano podrá cruzar hasta 1.713.500 pesos con los productos permitidos en el listado. No más de esa cantidad en pesos.
En el documento se detalla que 1.370.800 pesos (40 UVT) pueden ser comprados en productos relativos a los sectores de salud, alimentos, vivienda, aseo del hogar, confección y calzado, higiene personal y educación.
Las 10 UVT restantes ($342.700) para productos de los demás sectores: transporte, productos para animales domésticos y artículos deportivos.
La Dian señala que los funcionarios exigirán lo siguiente: el documento de su estatus migratorio en Colombia, la factura original o documento equivalente de las mercancías compradas a su nombre.
“Seguidamente, el funcionario aduanero mediante una aplicación informática ‘app’ constatará dicho estatus migratorio, y además trazará en la factura una línea de esquina a esquina con un marcador cuya tinta sea visible bajo una luz ultravioleta con el fin que las facturas no sean reutilizadas”, especifica la resolución.
La presente resolución, que ya fue firmada, regirá una vez transcurridos 15 días calendarios a su publicación en el diario oficial, y tendrá una vigencia de seis meses. Esto quiere decir que aproximadamente para finales de este mes debe entrar en vigencia.
Aquí te mostramos el listado al detalle:
Sector alimentos preparados y sin preparar
Cereales
Harinas
Pastas alimenticias
Productos de panadería
Tubérculos
Granos
Frutas
Hortalizas
Verduras
Cerne de las distintas especies
Productos de mar y de río
Caña de azúcar y sus derivados
Leche y sus derivados
Aceites y grasas
Salsas y aderezos
Condimentos
Bebidas
Complementos y suplementos alimenticios
Demás alimentos
Sector vivienda
Otros aparatos del hogar, distintos a neveras, estufas y lavadoras.
Ollas, sartenes y refractarias.
Utensilios domésticos
Vajilla
Cubiertos
Enseres del hogar
Sector aseso del hogar
Detergentes, blanqueadores y suavizantes
Limpiadores y desinfectantes
Insecticidas
Ceras
Papeles de cocina
Otros productos de aseo
Sector confecciones y calzado
Prendas de vestir para hombres y niños
Prendas de vestir para mujeres y niñas
Calzado para hombre y niño
Calzado para mujer y niña
Sector salud
Medicamentos
Anticonceptivos
Sector educación
Libros
Cuadernos
Otros artículos escolares
Sector transporte
Baterías
Cauchos
Sector higiene personal
Productos de higiene oral
Productos de higiene corporal
Pañales
Otros productos relacionados con el cuidado personal
Sector de productos diversos
Productos para animales domésticos
Artículos deportivos
Recuerda que semanalmente un venezolano podrá cruzar hasta 1.713.500 pesos con los productos permitidos en el listado. No más de esa cantidad en pesos.