VIDEO: Conoce la historia de Yolanda, víctima de trata de personas

El caso de la venezolana fue conocido por la Corte Constitucional que ordenó la activación de la ruta de atención para ella y su familia.
La mujer fue apoyada por una organización.
Escrito Por:
Keila Vílchez Boscán
 
Yolanda es una venezolana que llegó a Colombia con una propuesta de trabajo hecha por una vecina. “Ella nos dijo que estuvo acá en Colombia y que le había ido muy bien. Yo le dije, en el momento que habló con nosotros, que no sabía si venir porque yo tengo mis hijos, pero me dijo que no me preocupara que yo me los podía traer, pues yo me traje a mis dos niñas y nunca pensé que ella fuera de ese tipo de personas, y resulta que cuando llegamos acá no era lo que ella nos había dicho”, cuenta Yolanda.

Esta mujer venezolana venía supuestamente a vender tintos en una ciudad fronteriza del país, acompañada por su esposo y sus dos hijas, de 6 y 8 años.

La vecina le ofreció pagarle el costo del viaje, el hospedaje y el alimento para los cuatro. Frente a esta oferta tan tentadora y bajo engaño, Yolanda aceptó y poco tiempo después emprendió el viaje; sin embargo, apenas cruzó la frontera aquel panorama esperanzador con el cual ella y sus seres queridos habían salido de Venezuela dio un giro de 180 grados.

Al cruzar la línea limítrofe, los estaba esperando una persona que los trasladó hasta el sitio donde, en principio, ellos iban a vivir y trabajar. Pero, cuando llegó al lugar, la mujer le dijo que no venía a Colombia a vender tintos. “Me dijo tu vienes es a trabajar de prostituta, y tu hija de 8 años ya tiene clientes porque ella se tiene que acostar con personas mayores que les gusta estar con niñas menores de edad”, relata.

Uno de los tratantes empezó a acosar a Yolanda y, finalmente, la agredió sexualmente. Cuando el hombre intentó abusar de una de sus hijas, Yolanda escapó.

“El señor, después que mi esposo se va, entró al cuarto con un cuchillo, me lo pone en el cuello y me dice que me quedara quietecita porque allí estaban las niñas y que si no abría las piernas podía atentar contra la vida de ellas y contra la mía. Él quiso abusar de mi hija que tiene 8 años, y fue donde yo reaccioné y lo empujé y pude agarrar lo poquito que tenía, bajé las escaleras; aproveché que la puerta estaba abierta y salí. Me fui a un parque cercano, donde había un CAI”.

Los policías le confirmaron a Yolanda que conocían al tratante y que su historia solía ocurrirles a muchas mujeres venezolanas. Le permitieron quedarse en el parque para que pasaran la noche allí.

A ella y a su familia les tocó dormir en la calle, porque no tenía a dónde ir.

“Al siguiente día, un señor se me acercó y me preguntó que por qué lloraba y me desahogué con él, pero no le conté lo que me había sucedido a mí, sino de las propuestas de trabajo que me habían hecho”, dijo. 

Este hombre puso a Yolanda en contacto con una organización que ayuda a personas en situación de vulnerabilidad.

Explica Women’s Link Worldwide, organización que representa a la venezolana, se estableció contacto con organismos nacionales e internacionales, así como con la policía especializada en el delito, pero la entidad no atendió la solicitud de inmediato.

Yolanda presentó una denuncia por el delito de trata de personas ante la Fiscalía General de la Nación de la ciudad en la que se encontraba. Sin embargo, el personal de la Fiscalía determinó que su caso no se correspondía con un delito de trata de personas con fines de explotación sexual, sino de inducción a la prostitución.

Ana Margarita González, abogada de Women’s Link Worldwide, indica que tal decisión le trae consecuencias a Yolanda en el posterior reconocimiento de sus derechos y medidas de protección.

“El hecho de que la Fiscalía no haya otorgado una adecuación del delito apropiada es importante, pero lo central en este caso es que el comité de lucha contra la trata de personas supeditó la atención y la asistencia de la víctima al contenido de esa denuncia”, indicó.

Precisa que existe una sentencia de la Corte Constitucional en la que se reafirma que la atención y la asistencia inmediata y a mediano plaza a las víctimas no debe estar condicionada al proceso penal.

¿Qué dijo la corte?

El caso de Yolanda ha sentado un precedente. Tras ser tipificado como inducción a la prostitución fue llevado a la Corte Constitucional y esta profirió un auto, el 11 de agosto de 2020, en el que ordena, como medida provisional, que la Secretaría de Gobierno de la ciudad donde ocurrieron los hechos o el Comité Municipal de la lucha contra la trata de personas activen la ruta de atención en beneficio a Yolanda y su familia.

Este sería el primera caso que la Corte revisa en el que la víctima es una mujer migrante venezolana.

“Aunque es provisional, el otorgamiento de estas medidas indican que, para la Corte, Yolanda está en condición de vulnerabilidad, en riesgo, es decir, que se le puede generar un perjuicio irremediable y, por lo tanto, hay méritos para que la entidad encargada le brinde la asistencia a la cual tiene derecho”, explicó.

También, la Corte Constitucional pidió al Comité Interinstitucional para la lucha contra este delito que especifique cuáles medidas ha adoptado sobre el problema cuando la víctima es migrante venezolana.  Además, solicitó documentación a distintas autoridades sobre las medidas que se tomaron en el caso de Yolanda.

La abogada enfatiza que esta decisión le da oportunidad a las entidades encargadas de luchar contra este delito de mostrar el compromiso que tienen con los derechos de las víctimas y para mejorar sus capacidades de protección.

*Yolanda, nombre ficticio.

El delito de trata de personas tiene muy poca denuncia

El delito

En Colombia, la Ley 985 de 2005 es por medio de la cual se adoptan medidas contra la trata de personas y normas para la atención y protección de las víctimas.

En dicha legislación se establece que: “El que capte, traslade, acoja o reciba a una persona, dentro del territorio nacional o hacia el exterior, con fines de explotación, incurrirá en prisión de trece (13) a veintitrés (23) años y una multa de ochocientos (800) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

La misma ley explica que por explotación se entenderá “obtener provecho económico o cualquier otro beneficio para sí o para otra persona, mediante la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre, la explotación de la mendicidad ajena, el matrimonio servil, la extracción de órganos, el turismo sexual u otras formas de explotación”.

La complejidad del delito hace que las denuncias sean bajas. Las denuncias por el delito de trata de personas en Cúcuta también son pocas. El año pasado, la Fiscalía General de la Nación informó que había iniciado 22 procesos en la ciudad en los últimos cinco años, y más del 90% de los casos son mujeres entre los 14 y 35 años.

En Colombia, el Ministerio Público indicó, el año pasado, que en los últimos siete años ha conocido de 615 casos.

“Hay mucho desconocimiento del delito y de cómo tipificarlo. Además, no existe personal especializado en la Fiscalía y con suficiente capacidad técnica. Pasa en que muchos casos en el que a pesar la situación tiene todos los indicios de ser trata de personas termina calificada con otro delito como inducción a la prostitución, tráfico de migrantes”, destaca la jurista Ana González.

Hace especial énfasis en que las autoridades tienen poca credibilidad en los relatos de las víctimas, sobre todo, si son migrantes y esto influye en las imprecisiones en la adecuación del delito.

Otra de las razones de las pocas denuncias es el temor que sienten las víctimas ante las continuas amenazas, persecuciones a ellas y sus familias. “Aunque la persona sale de la situación de explotación tampoco denuncian por estas amenazas”, dijo.

 

Búsqueda activa

A pesar del marco normativo, la propuesta de las organizaciones que trabajan en prevenir este tipo delito indican que sigue faltando mecanismos efectivos de identificación del delito, protocolos unificados de actuación entre las entidades competentes para la asistencia adecuada.

“Las autoridades públicas deben tener unos protocolos de identificación activa de casos, por ejemplo, en ciertos escenarios donde pueden ocurrir este tipo de delito, como en el tránsito migratorio, pasos fronterizos, en lugares donde se ejerce la prostitución, y esto no quiere decir que toda la prostitución sea trata”, enfatiza la abogada de una de estas organizaciones.

Esta petición obedece a que resulta muy difícil que una víctima acuda ante las autoridades a denunciar este tipo de delito.

Por esta situación, Migración Colombia lanzó la aplicación Libetapp, que permite denunciar este tipo de casos, manteniendo la reserva de la identidad de la víctima y del denunciante.

La herramienta la desarrolló con el apoyo de la OIM y la Oficina de Población, Refugiados y Migración (PRM) del Departamento de Estado de los Estados Unidos.

La aplicación la puede descargar cualquier persona y las denuncias se pueden hacer desde cualquier parte del mundo.

La app la puedes descargar en tu celular